El llamado tiene como objetivos financiar parcialmente proyectos cuya finalidad sea aumentar el desempeño tecnológico y productividad de PyMEs proveedoras de una gran empresa de una misma cadena de valor.
Las acciones elegibles mediante este instrumento deben cumplir los siguientes criterios:
a) Acciones Subsidiables de Desarrollo de Tecnología:
• Desarrollo innovativo de tecnología a escala piloto y prototipo
• Producción de conocimientos aplicables a una solución tecnológica, cuyo desarrollo alcanza una escala de laboratorio o equivalente.
• Desarrollo de cualidades innovadoras de nuevos procesos y productos a escala piloto o de prototipo.
• Modificación innovadora de procesos productivos.
b) Acciones sujetas a crédito (AR)
• Modificación o mejora de tecnologías de productos o procesos, respecto de las que están siendo utilizadas actualmente por las empresas.
• Introducción de tecnologías de gestión de la producción que potencien la competitividad.
• Desarrollos tecnológicos necesarios para pasar de la etapa piloto a la etapa industrial.
• Adquisición de tecnología incorporada en equipos nuevos para producción.
• Dichos equipos deben representar una evolución tecnológica respecto al parque de equipos de la empresa.
• Incorporación de tecnologías de información y comunicación al proceso productivo, Industria 4.0
• Implementación de sistemas de calidad, siempre y cuando forme parte de un proyecto más amplio.
CONDICIONES
Para beneficiarios PYMES: Tasa: 8%.
Para beneficiarios no PYMES: Tasa: 12%.
Sistema de Amortización: francés.
Periodo de gracia de capital: 8 meses desde la fecha del primer desembolso.
Sin periodo de gracia para los intereses.
Frecuencia de las cuotas: cuatrimestrales.
Plazo de amortización: 4 (cuatro) años.
Garantías: serán a satisfacción de la Agencia I+D+i
Aporte Reembolsable
El monto del beneficio será de hasta $200.000.000 por proyecto.
La Agencia podrá financiar hasta 80% del costo total del proyecto. Los beneficiarios deberán aportar no menos de 20% del costo del Proyecto.
En ningún caso una tractora sin la condición PYME, podrá acceder a más de 30% del total del beneficio adjudicado.
El plazo máximo de ejecución será de 18 meses con la posibilidad excepcional de prorrogar el plazo hasta 6 meses vencido el plazo inicial
BENEFICIARIOS: PyMes, Cooperativas
Fuente: http://www.agencia.mincyt.gob.ar/frontend/agencia/convocatoria/486
La convocatoria es permanente